El debate de la cadena perpetua

España tiene definida en la Constitución que el objetivo de las penas de privación de libertad es la reinserción del preso en la sociedad. Es un objetivo que leído así suena de maravilla: los asesinos, tras un periodo entre rejas, se convierten en honrados padres de familia o algunos en misioneros incluso. La sociedad sería así justa y benéfica que diría la Constitución de Cádiz. Los delincuentes no son sino un producto de la sociedad occidental que los crea por las desigualdades sociales, víctimas de una estructura social injusta y por tanto ya no son ellos los responsables sino que toda al sociedad es responsable de su suerte, todos culpables. Si el delincuente es menor, entonces el buenismo de la ley se torna ya casi estupidez: el menor de doce años es inimputable, no juzgable y el mayor de esa edad, pues unos añitos en un centro de menores donde la pena mayor por saltarse la disciplina es no jugar a la PSP y a los dieciocho, ¡hala! a la calle a robar coches, violar y en general atentar contra la vida y propiedad ajenas... ¿A qué somos progres y cultos y todo eso?

El otro día coincidí en una conferencia con el Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid, Arturo Canalda, que nos decía que la Ley del Menor es eficaz en el 90 por ciento de los casos y que habría que modificarla en el caso de los delitos graves solamente. Puede uno quizá estar de acuerdo, pero el problema es más grave si lo extendemos a todo el sistema penal. Quizá el caso de El Rafita, asesino confeso de Sandra Palo (a la que violaron, quemaron viva y aplastaron con el coche) sea muy llamativo y sería suficiente para que el debate sobre esa ley se abriera en la sociedad cuando el asesino sale a la calle tras tres años de internamiento.

Pero el problema es filosófico y no sólo de una ley concreta: ¿cuál es el objetivo de las penas? Quizá habría que referirse a varios objetivos y no a uno solo. Evidentemente debe buscar la reinserción del criminal si esto es posible (ya se sabe que hay delitos que tiene una tasa de repetición enorme como los asesinos en serie, violadores y agresores sexuales, pederastas...), pero en todo caso, parece evidente que resarcir a las víctimas y sus familias y proteger al resto de la sociedad deben ser objetivos primarios de las penas. Y ahí es donde falla el sistema penal español, basado en ese concepto buenista que decíamos al comienzo: como el delincuente no es responsable de nada, sino la sociedad, da lo mismo que realmente esté o no reinsertado, que la sociedad pueda sufrir de nuevo a estas joyas, bien merecido lo tiene una sociedad que crea estos individuos...

En cambio si ponemos a la víctima (y no al victimario) y a la sociedad entera (potencial víctima del delincuente) en el centro del sistema penal, parecerá evidente que sólo en el caso de que realmente se pueda garantizar la reinserción y la seguridad de los ciudadanos, debe dejarse libre al delincuente con graves delitos. Por eso, la propuesta de cadena perpetua para los delitos más graves (asesinatos, violaciones, etc.) pudiendo ser revisada cada ciertos número de años, parece muy acertada: se cumpliría así el deseo de reinserción (si realmente lo está, saldrá una vez cumplida parte de una pena -15 ó 20 años-) y además la justicia para las víctimas y la seguridad para el resto de la sociedad. Porque, hoy, con las leyes actuales, ¿qué garantías tenemos de que un Rafita o un violador del Ensanche no delinca de nuevo y mate o viole a otro ciudadano? ¿Ninguna, verdad? Creo que más bien de lo contrario. ¿Acaso no urge el que la justicia y la seguridad se vean garantizadas en España? ¿Quién tiene más derecho, el ciudadano de bien que cumple la ley y paga sus impuestos o el asesino en serie y el violador que debe encontrar la comprensión de todos los demás? Creo que tiene fácil respuesta.

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